BANDO
DESBROCE Y MANTENIMIENTO DE PARCELAS URBANAS Y RÚSTICAS, POR RIESGO DE INCENDIO, AMBIENTAL Y SANITARIO
Se recuerda a los propietarios de fincas urbanas y rústicas que según lo establecido en los artículos 12.b) y 168 de la Ley 9/2001 , de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid, artículo 15.1 b) del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana y Ordenanza de Gestión de residuos sólidos urbanos y limpieza pública (artículo 51) y demás normativa sectorial, es obligación de los propietarios de todo tipo de terrenos, mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público, conservación y limpieza, realizando los trabajos y obras precisas para conservarlos en condiciones que impidan la producción y propagación de incendios.
Para la realización de podas, talas, etc., de cualquier especie arbórea, ser deberá pedir autorización:
En Suelo Urbano, se solicitará al Ayuntamiento.
En Suelo Rústico, a la Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.
Las labores de siega se ejecutarán siguiendo las medidas preventivas dispuestas en el anexo II del INFOMA.
Igualmente, se recuerda que la época de peligro medio-alto de incendios se establece desde el 16 de mayo hasta el 31 de octubre (INFOMA), y que durante ella estará prohibida la utilización del fuego en cualquier tipo de operaciones en las zonas que establece dicho Decreto.
Así mismo se prohíbe terminantemente:
– Hacer barbacoas o cualquier clase de fuego.
– Arrojar cualquier objeto en combustión (cigarros, cerillas, etc.)
– Abandonar o dejar cualquier tipo de desperdicios fuera de los contenedores destinados a ello.
De no realizarse la limpieza por los propietarios obligados, el Ayuntamiento podrá ordenar la ejecución de la misma, previa comunicación a los interesados, y su incumplimiento habilitará la ejecución subsidiaria a costa del particular y la imposición de la multa correspondiente.
En la “Nota Informativa: Plan de Actuación Municipal ante emergencias por incendios fores-tales de Navalafuente”, se puede consultar en la web municipal y ampliar toda la información.
Agradecemos de antemano su colaboración.
Navalafuente, a 21 de abril de 2022
Más información en el bando adjunto: