Desde el Ayuntamiento de Navalafuente, recordamos a los propietarios y propietarias de fincas urbanas y rústicas que tienen la obligación de mantener las parcelas libres de residuos y en condiciones de higiene, seguridad y ornato.
Además, se recuerda que hay que pedir autorización para llevar a cabo podas o talas de cualquier especie arbórea:
- En Suelo Urbano, se debe solicitar al Ayuntamiento.
- En Suelo Rústico a la Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.
La época de peligro medio-alto de incendios comprende del 16 de mayo al 31 de octubre y durante este periodo estará prohibido el uso de fuego en cualquier tipo de operación en las zonas establecidas en el Decreto 59/2017, de 6 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan de Protección Civil de Emergencias Forestales en la Comunidad de Madrid (INFOMA).
Queda terminantemente prohibido:
- Hacer barbacoas o cualquier clase de fuego
- Arrojar cualquier tipo de objeto en combustión
- Abandonar o dejar cualquier tipo de desperdicio fuera de los contenedores.
El Bando puede ser consultado y descargado a continuación: